domingo, 21 de diciembre de 2014

¿CUÁL ES SU COMPOSICIÓN?

La LOMCE no ha modificado la composición.
Sólo ha especificado que los docentes deben ser elegidos por el claustro y representar al mismo.El Consejo Escolar de los centros públicos estará compuesto por los siguientes miembros:

a) El director del centro, que será su presidente.
b) El jefe de estudios.
c) Un concejal o representante del Ayuntamiento en cuyo término municipal se halle
radicado el centro.
d) Un número de profesores y profesoras que no podrá ser inferior a un tercio del total de
los componentes del Consejo, elegidos por el claustro y en representación del mismo.
e) Un número de padres y de alumnos, elegidos respectivamente por y entre ellos, que no
podrá ser inferior a un tercio del total de los componentes del Consejo.
f) Un representante del personal de administración y servicios del centro.
g) El secretario del centro, que actuará como secretario del Consejo, con voz y sin voto.

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