De acuerdo con la normativa vigente, la aprobación del presupuesto no es competencia del
director/a del centro.
Efectivamente, el director/a del centro puede realizar contrataciones,autorizar gastos de acuerdo con el presupuesto o aprobar la obtención de recursos complementarios, pero la modificación de sus competencias no ha incluido la de aprobar el presupuesto
Esta competencia no se atribuye al Consejo Escolar directamente en las normas orgánicas de educación, sino que deriva de otras normas que regulan la gestión económica de los
centros docentes públicos y que mantienen su vigencia.
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